Que tus clientes puedan deducir tus servicios: cumple con el REPSE.
Si prestas servicios u obras especializadas con tu propio personal, te ayudamos a obtener tu registro, mantenerlo vigente y presentar las informativas que te exige la ley.
- Normatividad mexicana actualizada
- Empresas nacionales y extranjeras
- Trato directo y cercano
Sin REPSE, tu cliente pierde la deducción
Desde la reforma en materia de subcontratación, los pagos por servicios especializados sin registro vigente no son deducibles ni dan derecho a acreditar el IVA.
- 1Un cliente te pidió tu número de registro REPSE para seguir trabajando contigo.
- 2Tu registro está por vencer y no sabes cómo renovarlo.
- 3No has presentado las informativas cuatrimestrales ante el IMSS o el INFONAVIT.
- 4No tienes claro si tus servicios entran en la definición de servicios especializados.
Nos encargamos de todo esto.
Cada cliente es distinto. En la primera reunión definimos juntos el alcance exacto que necesita tu empresa.
Diagnóstico
Revisión de tu actividad para determinar si debes registrarte y en qué términos.
Registro REPSE
Integración del expediente y trámite del registro ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
Renovación
Seguimiento de la vigencia de tu registro, que debe renovarse cada tres años.
ICSOE y SISUB
Presentación de las informativas cuatrimestrales ante el IMSS y el INFONAVIT.
Contratos
Revisión de que tus contratos de servicios especializados contengan lo que exige la ley.
Cumplimiento continuo
Coordinación con tu nómina y obligaciones fiscales, que son requisito para mantener el registro.
Pensado para negocios como el tuyo.
- Prestadores de servicios especializados
- Contratistas de obras especializadas
- Empresas que contratan servicios especializados
- Proveedores de mantenimiento, limpieza, seguridad o TI
Claro desde la primera llamada.
Nuestro objetivo es que entiendas tus números y tus obligaciones, no solo que se cumplan.
Agenda tu asesoría
Llena nuestro formulario para coordinar una reunión y conocer la situación de tu empresa.
Diagnóstico
Revisamos tu situación contable y fiscal, y te explicamos en lenguaje claro qué hace falta.
Acompañamiento
Nos encargamos de tus obligaciones mes a mes y te mantenemos informado de cada cambio.
Lo que más nos preguntan.
- ¿Quién debe registrarse en el REPSE?
- Las personas físicas o morales que ponen a disposición de un cliente a su propio personal para prestar servicios u obras especializadas que no forman parte del objeto social ni de la actividad preponderante de ese cliente.
- ¿Cada cuánto se renueva el registro?
- Cada tres años. Para renovarlo es necesario estar al corriente en las obligaciones fiscales y de seguridad social.
- ¿Qué son ICSOE y SISUB?
- Son las informativas que los prestadores de servicios especializados presentan cada cuatro meses ante el IMSS (ICSOE) y el INFONAVIT (SISUB) sobre los contratos celebrados.
Hablemos de tu empresa.
Déjanos tus datos y te contactamos para coordinar una reunión sobre cumplimiento REPSE.
Contáctanos- Teléfono55 4575 1821
- Correoedasesorescontables@gmail.com
- HorarioLunes a viernes, 09:00 – 17:00